El próximo 25 de mayo de 2018 entrará en vigor el nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), de aplicación directa y obligatoria en todos los Estados miembros de la Unión Europea y que cambiará radicalmente la manera como hasta ahora se regulaba la protección de datos, obligando a las empresas, organismos, instituciones y administraciones públicas a realizar cambios significativos en su funcionamiento interno, tanto de tipo organizativo, como técnico, económico y humano, con el objetivo de poder cumplir con los nuevos requisitos y obligaciones. Básicamente, el nuevo Reglamento general de Protección de datos (RGPD) pretende pasar de un modelo centrado en el mero cumplimiento de la normativa, a un nuevo modelo de responsabilidad proactiva, en el que cada empresa o institución deba ser capaz de identificar las medidas que deba adoptar para garantizar la protección de los derechos de los interesados en el seno de su organización, a la vez que deba poder acreditar que cumple con los requisitos y obligaciones impuestos por el nuevo Reglamento general de Protección de datos (RGPD).
Ante este nuevo escenario, recomendamos a todos que revisen lo antes posible su situación en relación a la protección de datos, así como las acciones que deberán llevar a cabo para poder adaptarse al nuevo Reglamento general de Protección de datos (RGPD), y lo que es más importante, al nuevo sistema de responsabilidad proactiva y permanente, que él mismo impone, pues uno de los aspectos que está resultando más controvertido es el de las importantísimas sanciones económicas que se prevén en caso de incumplimiento de la normativa.
Recomendamos contratar un servicio de asesoramiento por un profesional experto en la materia de protección de datos y de adecuación al nuevo Reglamento general (RGPD), para que ofrezca distintas opciones para poder valorar en cada caso concreto las acciones a realizar para adaptarse al nuevo Reglamento general de Protección de datos (RGPD).