El pacto de reserva de dominio en España actúa como garantía especial por el cual el vendedor mantiene la propiedad del bien hasta el pago total por parte del comprador, cediendo la posesión y el uso a su comprador.
La reserva de dominio permanece vigente durante todo el periodo de financiación del bien y no desaparece hasta que no hemos terminado de pagar el préstamo. Tal financiación deberá tener una duración de uno o varios plazos superiores a tres meses.
Para que el bien se encuentre protegido frente a terceros, es indispensable inscribir el contrato de reserva de dominio en el Registro de bienes muebles. Tal inscripción constituye un beneficio tanto para comprador como para vendedor:
- Para el comprador, ya que está protegido frente a ventas posteriores del mismo bien que pretendiera hacer el vendedor.
- Para el vendedor porque protege su posición de posibles ventas del bien que pudiera hacer el comprador con terceros.
En el caso en que se venda el bien sujeto a reserva de domino a un tercero de buena fe, pueden ocurrir dos posibilidades:
- Si se ha inscrito el contrato: devendrá ineficaz la compraventa entre el comprador y el tercero de buena fe y el vendedor tendrá derecho a percibir el precio total o reivindicar la cosa frente al adquirente.
- Si no se ha inscrito la cláusula: el tercero adquiere de buena fe (adquisición a non domino) y se mantiene la adquisición del tercero una vez haya inscrito su derecho (Art. 34 Ley Hipotecaria).
Para hacer efectiva la inscripción debemos acudir a los artículos 6 y 7 de la ley 28/1998 de la ley de Venta a plazos de bienes muebles y artículos 10 y 11 de la orden de 19 de julio de 1999, que señalan lo siguiente: para que pueda ser inscrito se puede hacer mediante documento público o ajustarse a los modelos oficiales aprobados por la Dirección General de los Registros y del Notariado.
En el modelo deberán constar los datos esenciales del contrato como lugar y fecha de celebración del contrato, identificación de los contratantes, determinación de la cosa objeto del contrato, pactos relativos a la renta y financiación de la operación, entre otros.
Puede hacer la inscripción accediendo a la web de Registros de bienes muebles (Menú principal/ Gestoría virtual / Registro de bienes muebles / Inscripción), o puede contactar uno de nuestros profesionales utilizando nuestro formulario de contacto.